¿Se podía recurrir la condena de Miguel Hernández?

Publicado  jueves, 17 de febrero de 2011


El miércoles, la Sala Quinta o de lo Militar del Tribunal Supremo decidió denegar, a la familia de Miguel Hernández, la autorización para interponer recurso de revisión de la sentencia por la que, el mencionado poeta, fue condenado a pena de muerte en 1940.

Como antecedentes mencionar que el pasado mes de agosto, la Comisión Cívica por la Memoria Histórica de Alicante anunció que se había encontrado documentación que no fue tenida en cuenta en el momento de juzgarle, por lo que se habría vulnerado su derecho de defensa. El descubrimiento se entendió como un nuevo camino, por el que la familia del poeta muerto, podría conseguir que el Tribunal Suprema admitiera a tramite el recurso interpuesto.

Pero ayer, el Tribunal Supremo denegaba la autorización en base a la Ley de Memoria Histórica, al considerar que esa condena ya había sido reconocida “como radicalmente injusta” y se había declarado “su ilegitimidad por vicios de fondo y forma”.

¿Qué quiere decir la afirmación dada por el TS? Que la Ley de Memoria Histórica ya se había encargado de dejar sin efecto dicha condena, por lo que la petición realizada por parte de la familia del poeta no tiene fundamento alguno. Es decir, dado que se consideraron injustas todas las condenas impuestas por los tribunales franquistas basadas en motivos ideológicos o políticos, se considera que la mencionada ley ya deja sin efecto la sentencia que condenó a Miguel Hernández y, que por encima de todo, se tiene que estar a lo dispuesto en ella.

Se trata de una decisión muy controvertida por los tiempos que corren y el debate abierto actualmente sobre las sentencias y condenas realizadas en dicha época. Pero, fuera de polémicas, los jueces toman las decisiones según la normativa vigente que regula el caso que llega a sus manos. No son elecciones arbitrarias según sean partidarios o no de un tema, los jueces analizan una situación, la valoran y según la regulación vigente para el caso toman una decisión.

En el citado caso de Miguel Hernández la decisión no podía ser otra, por la sencilla razón que la normativa vigente no permite que sea otra.
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